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Concejo de Texas para Discapacidades del Desarrollo

Educación
Declaración de posición

Todas las personas con discapacidades en Texas deben contar con la oportunidad para alcanzar su potencial máximo de independencia, productividad e integración a la comunidad. La educación es un proceso de aprendizaje que continúa a lo largo de toda la vida y que es vital para lograr una vida satisfactoria y completa. Los resultados que obtengan los estudiantes con discapacidades una vez que terminan sus estudios medios con una instrucción adecuada en escuelas públicas, se deben evidenciar mediante empleo, inscripción en educación más elevada a los estudios medios o en ambos aspectos, en el transcurso de un año después de egresar de la preparatoria.

El Concejo de Texas para las Discapacidades del Desarrollo considera que todos los estudiantes, no obstante cuáles sean sus necesidades individuales, deben recibir instrucción adecuada individualizada; intervenciones conductuales positivas y apoyos basados en la investigación; deben contar con acceso al curriculum general y a servicios relacionados en el ambiente menos restrictivo posible. Los servicios relacionados deben incluir, sin limitarse a, ayudas para la adaptación, tecnología de asistencia, modificaciones, terapias y apoyos suplementarios. La instrucción adecuada impartida de manera individual, al igual que los servicios relacionados, deben ser proporcionados por maestros calificados y por proveedores de servicio que cuenten con apoyo administrativo y oportunidades para el desarrollo profesional continuo en las áreas donde se detectan las necesidades. La postura de este Concejo, así como las políticas del estado, es que todos los niños deben ser tratados con dignidad y respeto en lo que respecta a satisfacer sus necesidades conductuales y disciplinarias.

El Concejo considera que las escuelas modelo (charter) o las escuelas que aceptan subvenciones por medio de comprobantes deben proporcionar a los estudiantes los mismos derechos y oportunidades educativas que recibirían en el sistema de educación pública. El Concejo considera que las escuelas que reciben fondos del estado para educar a estudiantes deben aceptar a cualquier estudiante con discapacidad de desarrollo que solicite la admisión a esa escuela. Asimismo el plantel debe cumplir con la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación que exige que cualquier entidad que reciba fondos federales incluya a personas con discapacidades en su programa, y que acepte a cualquier estudiante a la tarifa de pago del estado, sin cobrar colegiaturas adicionales ni cuotas que rebasen a las cuotas que se suelen cobrar en el distrito escolar independiente del susodicho estudiante. Si estos criterios no se cumplen, el Concejo se opone tajantemente a las escuelas financiadas con fondos públicos y a las escuelas modelo (charter). El Concejo se opone a cualquier iniciativa que pudiera mermar los fondos del sistema de educación pública y, en última instancia, los fondos disponibles para la educación de estudiantes con discapacidades.

El Concejo considera que la inclusión total debe ser tenida como un valor y una filosofía esencial conforme a la cual educamos a todos los estudiantes. Consideramos que la inclusión total requiere que los programas de educación para maestros preparen a todos los educadores y administradores para que trabajen con una amplia gama de estudiantes en entornos inclusivos. La educación especial, lejos de ser un sistema de educación separado, es un servicio proporcionado a personas con necesidades específicas en el contexto del sistema educativo general. Los programas de preparación profesional deben subrayar la responsabilidad que comparten todos los educadores y administradores con respecto a cada uno de los estudiantes.

El Concejo considera que la inclusión total requiere de una responsabilidad compartida y constante de los estudiantes, padres, madres, tutores, educadores, administradores y de la comunidad en general.

Por tanto, la postura del Concejo de Texas para las Discapacidades del Desarrollo es que todos los estudiantes tienen el derecho a aprender, jugar y trabajar con estudiantes de su edad, con o sin discapacidades, en las mismas escuelas, salones de clase y en otros programas educativos que reciben sus hermanos, hermanas, vecinos y vecinas, y que las escuelas, salones de clase y los programas deben ser física y programáticamente accesibles para todos los estudiantes.

Revisado el 12 de febrero de 2010

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